Condena en costas en caso de allanamiento: novedades de la LO 1/2025

Modificación del artículo 395 de la LEC y su impacto en la solución extrajudicial de conflictos

 

La reciente Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, introduce importantes modificaciones en el artículo 395 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), regulando la condena en costas en caso de allanamiento. Estos cambios, que entrarán en vigor el 3 de abril de 2025, buscan fomentar la solución extrajudicial de conflictos y evitar que los demandados dilaten injustificadamente los procedimientos judiciales.

 

Nuevos criterios para la condena en costas en allanamientos

El allanamiento ocurre cuando el demandado acepta las pretensiones de la demanda, pudiendo esto influir en la imposición de costas. Con la reforma, la regla general es la siguiente:

  • Si el allanamiento se produce antes de contestar la demanda, no se impondrán costas, salvo que el tribunal aprecie mala fe o abuso del servicio público de Justicia (una novedad introducida por la LO 1/2025).
  • Se considerará mala fe cuando:
    • Antes de la demanda, el demandado haya sido requerido de forma fehaciente y justificada para cumplir con su obligación.
    • Haya rechazado participar en medios alternativos de solución de controversias (conciliación, mediación, negociación, entre otros).

Si el allanamiento se produce después de la contestación a la demanda, se aplicará el criterio general del vencimiento del artículo 394 de la LEC, lo que conlleva la imposición de costas al demandado.

 

Reforzando la solución extrajudicial de conflictos

Otra de las novedades introducidas por la reforma es que, si el demandado no acudió a un medio de solución de controversias cuando era obligatorio, y luego se allana a la demanda, será condenado en costas, salvo que el tribunal aprecie circunstancias excepcionales.

Esta medida responde a la necesidad de descongestionar los tribunales y fomentar el uso de medios alternativos para la resolución de conflictos, tal como ha señalado el Tribunal Supremo en su sentencia n.º 762/2023, de 18 de mayo, en la que destaca la importancia de buscar una solución extrajudicial antes de acudir a la vía judicial.

 

La reforma del artículo 395 de la LEC supone un cambio significativo en la imposición de costas en allanamientos, introduciendo un enfoque que premia el intento de resolución extrajudicial y sanciona conductas dilatorias. Con la entrada en vigor de esta norma en abril de 2025, se espera que aumente la utilización de mecanismos alternativos de resolución de conflictos, reduciendo así la carga de los tribunales.