Las listas de interinos no bastan para evitar el abuso en la temporalidad, según el Tribunal Supremo

El Supremo concluye que las bolsas de empleo no constituyen una medida legal equivalente para prevenir ni sancionar el abuso de la interinidad en la administración pública

 

El sistema de listas de interinos: una herramienta útil pero insuficiente

En su sentencia n.º 436/2025, de 10 de abril, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha reiterado que las bolsas o listas de personal interino —aunque útiles para garantizar la transparencia y el mérito en los nombramientos temporales— no son en sí mismas una medida legal equivalente que prevenga o sancione los abusos de la interinidad en el empleo público.

La resolución afecta directamente al sistema de personal docente interino no universitario, utilizado por muchas administraciones autonómicas, como es el caso de la Junta de Extremadura.

 

El problema de la interinidad prolongada

El Supremo reconoce que, en principio, las listas de interinos aseguran el cumplimiento de los principios de mérito, capacidad y transparencia. Sin embargo, advierte que estas listas se convierten en problemáticas cuando encadenan nombramientos de forma indefinida, sin que se amortice la plaza ni se convoque un proceso ordinario para su cobertura por personal funcionario de carrera.

Esto genera una situación anómala: una relación de empleo que debía ser excepcional y temporal se convierte de facto en indefinida, lo que vulnera el principio de estabilidad en el empleo público y puede derivar en abuso por parte de la Administración.

 

Jurisprudencia consolidada

La sentencia, dictada en el marco del recurso de casación núm. 5868/2022, confirma la línea jurisprudencial ya existente, en coherencia con la Directiva 1999/70/CE y el artículo 10.1 del Estatuto Básico del Empleado Público.

La Sala insiste en que, si bien las listas no son ilegales, su uso continuado sin medidas estructurales para convertir en plazas estables las funciones recurrentes que se desempeñan, no cumple con las garantías exigidas por el Derecho de la Unión Europea.

 

Conclusión

Esta resolución supone un nuevo toque de atención para las Administraciones Públicas, que deben reforzar sus mecanismos para evitar el abuso de la temporalidad, especialmente en sectores como la docencia o la sanidad. La interinidad estructural y sin límites sigue siendo uno de los principales desafíos de la función pública en España.