El Tribunal Supremo descarta la conversión automática en funcionario fijo por abuso en la contratación temporal

La decisión no contradice la jurisprudencia del TJUE, según afirma el Alto Tribunal

 

En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha declarado que no se opone al Derecho de la Unión Europea denegar la conversión en funcionario fijo o equiparable a un interino que ha sido objeto de nombramientos temporales abusivos, siempre que esa medida contravenga el ordenamiento jurídico nacional.

La resolución se refiere al caso de una trabajadora interina de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que encadenó nombramientos durante más de trece años y reclamaba su conversión en personal fijo o, subsidiariamente, una indemnización por abuso de la temporalidad. El Supremo desestima su recurso y confirma que la conversión en fijo no puede imponerse si se opone al marco legal español.

Límites a la conversión y derechos del afectado

La Sala recuerda que:

  • La existencia de abuso requiere que se demuestre un uso reiterado de contratos temporales para cubrir necesidades permanentes.

  • En ningún caso puede ordenarse la transformación automática en funcionario fijo si ello contraviene la legislación nacional, como ya ha indicado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

  • El afectado tiene derecho a mantener su puesto temporal hasta que este se cubra por concurso o se amortice, y a ser indemnizado si demuestra perjuicio, en la cuantía que determine la ley o que resulte proporcionada.

Conformidad con el Derecho de la UE

El Supremo considera compatible esta posición con la jurisprudencia del TJUE, que no impone la conversión automática, sino que exige que los Estados adopten medidas efectivas y disuasorias para sancionar los abusos en el empleo temporal. En este caso, el tribunal sostiene que la legislación española ya establece ciertos mecanismos que cumplen con dicha finalidad.

Impacto práctico

Esta sentencia tiene amplias implicaciones para el personal interino del sector público, especialmente en los contextos de larga duración de nombramientos temporales. La decisión refuerza que no basta con invocar el abuso para obtener la fijeza, y que las medidas sancionadoras deben respetar el marco normativo nacional.