Factura electrónica y Veri*Factu: diferencias clave que debes conocer

Ambos conceptos suelen confundirse, pero no son lo mismo. Mientras la factura electrónica se refiere al formato del documento, Veri*Factu regula el software de facturación. Te explicamos cómo se diferencian y a quién afecta cada uno

 

¿Qué es Veri*Factu y por qué genera confusión?

La entrada en escena de Veri*Factu ha provocado un aluvión de dudas entre empresas y profesionales de todos los sectores. Su nombre aparece con frecuencia asociado —de forma errónea— al concepto de “factura electrónica”, cuando en realidad son dos obligaciones completamente diferentes.

En este artículo aclaramos qué implica exactamente Veri*Factu, en qué se diferencia de la factura electrónica y a quién afecta cada medida.

 

La factura electrónica: qué es y cuándo será obligatoria

Según el artículo 8 del Reglamento de facturación, las facturas pueden emitirse tanto en papel como en formato electrónico, siempre que se garantice su autenticidad, integridad y legibilidad. Se considera factura electrónica aquella expedida y recibida en dicho formato y cuyo destinatario haya dado su consentimiento.

Tradicionalmente, la factura electrónica ha sido obligatoria en ciertos sectores (por ejemplo, telecomunicaciones o suministros contratados por medios digitales). No obstante, la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) introdujo una futura obligación de emitir factura electrónica en todas las relaciones comerciales entre empresarios y profesionales.

Esta obligación aún no se aplica, ya que está pendiente la aprobación del desarrollo reglamentario. Una vez se apruebe:

  • Será exigible al año para quienes facturen más de 8 millones de euros anuales.

  • Será exigible a los dos años para el resto de empresarios y profesionales.

 

Veri*Factu: ¿qué regula exactamente?

Veri*Factu no regula la factura electrónica, sino los programas informáticos de facturación que empresas y autónomos utilizan para emitir sus facturas, independientemente de su formato (papel o electrónico).

El objetivo de esta regulación es impedir manipulaciones en los registros de facturación y prevenir el fraude.

Existen dos formas de cumplir con Veri*Factu:

  1. Usar un programa de facturación adaptado, que puede ser:

    • Veri*Factu: remite automáticamente los datos de facturación a la AEAT.

    • No Veri*Factu: no remite datos automáticamente, pero registra todas las modificaciones.

  2. Utilizar la aplicación gratuita que ofrece la AEAT, disponible para quienes emiten pocas facturas.

Todas las facturas emitidas con programas adaptados a Veri*Factu deberán incluir un código QR y una leyenda que indique su verificabilidad en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

 

Calendario de entrada en vigor de Veri*Factu

A diferencia de la factura electrónica, Veri*Factu ya tiene plazos definidos:

  • Empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades: 1 de enero de 2026

  • Autónomos y demás obligados: 1 de julio de 2026

 

Conclusión

Aunque comparten escenario temporal, VeriFactu y la factura electrónica responden a normativas diferentes. Mientras que la factura electrónica obliga a emitir documentos en formato digital, VeriFactu exige que el software que genera esas facturas cumpla requisitos técnicos específicos.

Comprender estas diferencias es clave para que empresas y profesionales puedan planificar sus sistemas de facturación con garantías y sin confusión normativa.