El Tribunal Supremo confirma la inadmisión del recurso del Ayuntamiento de Sevilla, obligando a la devolución de las casetas tradicionales para la Feria de 2025.
El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Sevilla contra la sentencia del 13 de marzo de 2024, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJ-A). Esta sentencia reconoció el derecho de los recurrentes a obtener el restablecimiento de su situación jurídica como titulares de dos casetas tradicionales de la Feria de Sevilla, ordenando su devolución.
Contexto del caso
En los meses de febrero y marzo de 2024, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Andalucía dictó tres sentencias favorables a los recurrentes, quienes habían demandado al Ayuntamiento de Sevilla por la pérdida de las casetas tradicionales en la Feria. La defensa legal de los recurrentes fue asumida por el equipo jurídico de Pérez Moreno Abogados, encabezado por D. Alfonso Pérez Moreno, junto con D. Antonio Alfonso Pérez y Dª Eloisa Pérez Andrés. Estas sentencias, que reconocían el derecho de los recurrentes a recuperar las casetas, fueron recurridas en casación por el Ayuntamiento de Sevilla.
Inadmisión del recurso de casación
El 27 de noviembre de 2024, el Tribunal Supremo emitió una providencia inadmitiendo el recurso de casación preparado por el Ayuntamiento de Sevilla. Esta inadmisión refuerza la validez de las sentencias del TSJ de Andalucía y señala que no existía causa alguna para interponer el recurso, ya que no había un interés casacional legítimo. Según la interpretación del Tribunal Supremo, el recurso no debería haber sido presentado, ya que el Ayuntamiento de Sevilla debía haber aceptado las sentencias que ordenaban la devolución de las dos casetas a sus legítimos propietarios.
Consecuencias de la inadmisión
La inadmisión del recurso de casación refleja la determinación del Tribunal Supremo respecto a la falta de fundamento legal para la impugnación del Ayuntamiento. Estas acciones judiciales del consistorio sevillano no solo resultaron innecesarias, sino que también causaron daño moral y patrimonial a los titulares del derecho, al prolongar el conflicto sin razón jurídica. Además, el recurso incrementó la responsabilidad patrimonial del propio Ayuntamiento.
El camino hacia la ejecución de la sentencia
Con la inadmisión del recurso, el Ayuntamiento de Sevilla queda obligado a ejecutar las sentencias dictadas por el TSJ de Andalucía. Esto implica que debe remover cualquier obstáculo para la devolución de las dos casetas tradicionales a sus antiguos titulares, de forma que se pueda garantizar su retorno para la Feria de Sevilla de 2025. El Tribunal Supremo ha dejado claro que no caben interpretaciones contrarias a esta ejecución, y que las casetas deben ser devueltas en la fecha indicada.


