Falta de motivación y acceso tardío al expediente: cuándo una adjudicación puede ser anulada

El TACRC refuerza las garantías de los licitadores en los procedimientos de contratación pública

La transparencia no termina con la adjudicación

La adjudicación de un contrato público pone fin a una de las fases más importantes del procedimiento de licitación, pero también marca el inicio del plazo para que los licitadores puedan ejercer su derecho de defensa si consideran que la decisión adoptada no se ajusta a la legalidad.

Para que ese derecho pueda ejercerse de forma efectiva, la Administración debe garantizar que los interesados conozcan las razones que justifican la adjudicación y facilitarles el acceso a la documentación necesaria para valorar la procedencia de un posible recurso.

Sobre esta cuestión se ha pronunciado recientemente el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC), que ha anulado la adjudicación de un contrato al considerar que la falta de motivación del acuerdo, la ausencia de publicación de las actas e informes de valoración y el acceso tardío al expediente provocaron una situación de indefensión para una de las licitadoras.

 

La motivación de la adjudicación es una garantía para los licitadores

La Ley de Contratos del Sector Público exige que la resolución de adjudicación contenga la información necesaria para que los licitadores puedan comprender las razones de la decisión y, en su caso, interponer un recurso suficientemente fundamentado.

Esto implica que la Administración no puede limitarse a comunicar el resultado de la licitación o la puntuación obtenida por cada oferta. Es necesario explicar cuáles han sido las características y ventajas de la propuesta adjudicataria y justificar las valoraciones realizadas conforme a los criterios establecidos en los pliegos.

En el supuesto analizado, el acuerdo de adjudicación únicamente reflejaba la clasificación de las ofertas y las puntuaciones obtenidas, sin detallar los motivos que justificaban dichas valoraciones. Para el TACRC, esta información resultaba claramente insuficiente para que la licitadora pudiera conocer las razones de la decisión adoptada y preparar adecuadamente su defensa.

 

La importancia de publicar las actas de la mesa de contratación y los informes de valoración

Otro de los aspectos determinantes de la resolución fue la falta de publicación de las actas de la mesa de contratación y del informe de valoración correspondiente a los criterios sujetos a juicio de valor.

La normativa obliga a publicar esta documentación en el perfil del contratante como parte de las garantías de transparencia que deben presidir cualquier procedimiento de contratación pública.

Sin embargo, el Tribunal constató que únicamente se había publicado el acuerdo de adjudicación, sin incorporar el resto de documentos necesarios para comprender cómo se habían evaluado las ofertas.

Esta ausencia de información impidió que la licitadora pudiera conocer los criterios aplicados y verificar si la puntuación asignada respondía realmente a lo previsto en los pliegos.

 

El acceso al expediente de contratación debe producirse en un momento útil

La empresa recurrente solicitó el acceso al expediente dentro del plazo legalmente previsto para preparar el recurso especial en materia de contratación. No obstante, el órgano de contratación no facilitó dicho acceso hasta que el plazo para recurrir ya había finalizado.

El TACRC considera que, aunque formalmente el acceso llegó a concederse, lo hizo en un momento en el que ya había perdido toda utilidad práctica para la recurrente.

La finalidad del acceso al expediente no es únicamente permitir consultar la documentación, sino hacerlo en un momento que permita completar los argumentos del recurso y ejercer plenamente el derecho de defensa.

Cuando ese acceso se produce una vez transcurrido el plazo legal, la garantía pierde efectividad.

 

La motivación in aliunde también exige acceso a la documentación

La Administración defendía que la motivación podía encontrarse en los informes técnicos incorporados al expediente.

Esta forma de motivación, conocida como motivación in aliunde, ha sido admitida tanto por la jurisprudencia como por el propio TACRC. Sin embargo, para que resulte válida no basta con que los informes existan: es imprescindible que el licitador haya podido acceder a ellos en condiciones que le permitan conocer las razones de la adjudicación.

En este caso, el Tribunal concluye que dicha exigencia no se cumplía. Al no haberse publicado las actas ni el informe de valoración y haberse concedido el acceso al expediente fuera de plazo, la recurrente nunca pudo conocer efectivamente la motivación de la decisión administrativa.

Por ello, el TACRC descarta que pudiera entenderse subsanada la insuficiencia de motivación mediante una referencia a documentos que no estuvieron realmente a disposición de la interesada cuando podían resultar útiles.

 

La indefensión como consecuencia de la falta de transparencia

La resolución destaca que la combinación de todas estas circunstancias generó una situación de indefensión real para la licitadora.

Por un lado, la adjudicación carecía de una motivación suficiente. Por otro, no se publicaron los documentos que habrían permitido conocer las razones de la valoración. Finalmente, el acceso al expediente se concedió cuando ya había finalizado el plazo para preparar adecuadamente el recurso.

Esta acumulación de deficiencias impidió que la recurrente pudiera ejercer su derecho de defensa en igualdad de condiciones, vulnerando los principios de transparencia e igualdad que deben regir toda contratación pública.

 

La consecuencia: anulación de la adjudicación y retroacción del procedimiento

Como consecuencia de todo lo anterior, el TACRC estimó el recurso y acordó la anulación del acuerdo de adjudicación, ordenando la retroacción del procedimiento al momento inmediatamente anterior a su adopción.

El objetivo no es repetir toda la licitación, sino dictar una nueva resolución de adjudicación que incorpore una motivación suficiente y permita a los licitadores conocer las razones de la decisión adoptada y ejercer, en su caso, los recursos que procedan.

 

La transparencia es la mejor garantía del derecho de defensa

Esta resolución refuerza una idea que cada vez tiene mayor peso en la contratación pública: la motivación de la adjudicación, la publicación de las actas y el acceso efectivo al expediente no son simples formalidades administrativas, sino garantías esenciales para proteger los derechos de los licitadores.

Si tienes dudas sobre la motivación de una adjudicación, el acceso al expediente o la viabilidad de un recurso especial en materia de contratación, ponte en contacto con nuestro equipo y pide información sin compromiso. Analizaremos tu caso para ayudarte a defender tus derechos en cualquier procedimiento de contratación pública.